Las razones para ventilar son variadas pero podemos citar fundamentalmente tres:
- Salud; Una vivienda mal ventilada posee un aire pobre, con déficit, de oxígeno y exceso de CO2 siendo el escenario propicio para la proliferación de hongos y bacterias que pueden provocar problemas graves de salud (tos, fatiga, dolor de cabeza, cansancio)
- Confort: El objetivo de ventilar debe ser proveer de una calidad de aire interior que nos proporcione confort tanto térmico como acústico.
- Eficiencia energética: Los sistemas de ventilación funcionan de forma controlada, en función de la demanda que recibe desde el sistema de control, bien por presencia de elementos nocivos (humedad, contaminantes, CO2) o bien por demanda del usuario (refrescamiento, extra calidad de aire a demanda).
A estas tres razones podríamos añadir una cuarta: porque es obligatorio hacerlo. Así es, aunque aún a día de hoy son infinidad los proyectos que se ejecutan sin una instalación de ventilación conforme a normativa vigente (CTE y RITE).
Ámbito normativo en sistemas de ventilación
Los equipos de VMC nos permiten garantizar la ventilación en los hogares y la vez cumplir con la normativa vigente.
El Código Técnico de Edificación (CTE) establece, en su documento básico DB HS 3, los requerimientos generales de ventilación en viviendas, donde se especifica que “deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser híbrida o mecánica”. El uso de un ventilador de extracción permite introducir y extraer de la vivienda la cantidad de aire requerida de forma independiente de las condiciones que presente el aire exterior en cuanto a presión y temperatura.
Los sistemas de VMC también permiten cumplir con la Directiva europea de eficiencia energética en edificios (EPBD) que entra en vigor en 2020, y que establece los requisitos mínimos óptimos de eficiencia energética que deben cubrir el edificio, sus componentes y la energía consumida en ventilación.
En el ámbito residencial la normativa de referencia es el CTE cuya última actualización data del 28 de Diciembre de 2019 por lo que entrará en vigor su obligado cumplimiento el cercano 28 de Junio de 2020 tras los preceptivos seis meses de moratoria (RD 732/2019).
En dicho CTE, en su DOCUMENTO BÁSICO HE de Ahorro de Energía se modifican y endurecen los requerimientos y exigencias en la construcción de modo que podamos cumplir con los criterios constructivos de un nZEB (Edificio de consumo de energía casi nulo). Estos cambios atañen varias aristas de la construcción de una vivienda: envolvente térmica, puentes térmicos, utilización de energías renovables, demanda de energía, etc.
Por tanto, la exigencia de HERMETICIDAD de las viviendas cada vez será mayor para evitar pérdidas de energía al exterior y el efecto del clima exterior sobre la vivienda. Con eso podremos reducir notablemente la potencia a instalar en los sistemas de climatización, pero a cambio ganará mucha más importancia la VENTILACIÓN.
Nos gustaría utilizar un símil para hacer ver la importancia de una buena ventilación. Imaginémonos la imagen de una persona con una bolsa de plástico en la cabeza, con espacio reducido donde respirar. Ahora, metemos dentro de la bolsa vapores de contaminantes presentes de forma cotidiana en una vivienda (lejía, productos de limpieza, ambientadores, humos, etc) y nos cerramos la bolsa fuertemente con cinta alrededor del cuello. Todos podemos imaginar la falta de confort y salud que sufriremos inmediatamente, ¿verdad?
Pues ahora traslademos esa metáfora a una vivienda, cada vez más hermética y bien aislada por los requerimientos normativos y búsqueda de una mejor calificación energética de la misma. Donde antes la humedad, los olores y contaminantes se expulsaban de forma natural por el efecto de las múltiples filtraciones de la vivienda, ahora permanecen dentro de ella. Por eso, es fundamental ventilar.